España negó asilo a venezolano que basó su solicitud en la «escasez de alimentos» y «falta de oportunidades laborales»

Angel David Quintero
3 Min de Lectura
España

En los últimos años España se ha convertido en uno de los países más receptivos de migrantes venezolanos. Sin embargo, en las últimas horas la Audiencia Nacional de ese país tomó una decisión que podría cambiar el destino de muchos migrantes al rechazar la petición de asilo y de residencia humanitaria presentada por un venezolano  que argumentaba haber huido de su país por la crisis política, social y económica.

El organismo aseguró que no se cumplen los requisitos legales para conceder ninguno de los tipos de protección solicitados y ratificó la negativa previa del Ministerio del Interior.

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La defensa del solicitante argumentó que la situación general de Venezuela justifica el asilo y que se vulneraron derechos al denegar la protección.

Mientras tanto, el Ministerio del Interior y la Administración General del Estado ratificaron que la negativa inicial fue legal, ante la falta de evidencias directas de persecución o peligro inminente al regresar a Venezuela.

En este sentido, explicaron que «no ha quedado acreditada la existencia de persecución ni un temor fundado de sufrirla». Asimismo, indicaron que la solicitud se basó en problemas de «escasez de alimentos y medicamentos, inseguridad, insalubridad y falta de oportunidades laborales y estudiantiles». No obstante, dichos motivos no encajan en las categorías reconocidas por la Convención de Ginebra de 1951 para el asilo.

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Los magistrados advirtieron que para otorgar la condición de refugiado, es necesario acreditar un riesgo personal de persecución por motivos como raza, religión, opiniones políticas, nacionalidad, pertenencia a grupo social, género u orientación sexual. El fallo reiteró que el solicitante no pudo demostrar ninguna situación que encuadre bajo estos supuestos.

La Audiencia Nacional también rechazó otorgarle la llamada protección subsidiaria, prevista para quienes no califican como refugiados pero afrontan en su país riesgo de “daños graves” como amenaza de muerte, tortura o violencia indiscriminada. Con respecto a esto, indicaron que no existe  ninguna «amenaza para la vida o la integridad» del ciudadano venezolano en su país de origen.

El fallo argumentó que el solicitante residió y trabajó previamente en Colombia y Ecuador, países considerados seguros, antes de llegar a España. Según la resolución, «no hay razones suficientemente fundadas para otorgar la autorización de residencia en España bajo este régimen».

«La inexistencia de vulnerabilidad está documentada en el expediente, por lo cual no corresponde otorgar este tipo de permiso», concluyó.

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